Actualmente, para que un diploma stricto sensu de pregrado o posgrado (maestría o doctorado) emitido por una institución de educación superior extranjera tenga validez nacional, debe ser aprobado en el proceso de revalidación y reconocimiento, respectivamente, por una institución de educación superior brasileña. que tenga el mismo curso o similar, reconocido por el Ministerio de Educación.
. ¿Qué es la revalidación y reconocimiento de un título obtenido en el extranjero?
Procedimiento realizado por una institución brasileña para declarar la equivalencia de títulos de grado o posgrado emitidos por instituciones de educación superior extranjeras, adecuándolos a los fines previstos por la ley.
2. ¿Cuál es la diferencia entre revalidación y reconocimiento de títulos?
De acuerdo con la Resolución No. 3 del 22 de junio de 2016, se aplicará la Revalidación de Diplomas para la tramitación de los cursos de pregrado extranjeros, mientras que el reconocimiento de diplomas extranjeros se aplicará a los títulos de posgrados stricto sensu (maestría y doctorado), enviado por universidades extranjeras.
3. ¿Se puede exigir la revalidación o el reconocimiento de los títulos obtenidos en cualquier país?
No existen restricciones para los países que expiden diplomas para revalidación o reconocimiento. La restricción se aplica solo a instituciones y cursos extranjeros que eventualmente practicaron irregularidades directa o indirectamente en Brasil. El listado de estas instituciones y cursos será transmitido al Ministerio de Educación mediante la revalidación y reconocimiento de universidades, según lo dispuesto en el artículo 18 del PN 22/2016 del MEC, y, cuando exista, estará disponible en el Portal Carolina Bori.
4. ¿Se aplica la revalidación y / o reconocimiento a los diplomas que se refieren a cursos de pregrado o posgrado obtenidos en el extranjero?
Todos los diplomas de pregrado y posgrado (maestría y doctorado) stricto sensu, obtenidos en el extranjero, deben ser reconocidos por universidades brasileñas acreditadas regularmente que tengan cursos en el mismo conocimiento.
5. ¿Qué tan pronto puedo recibir el resultado del análisis de mi pedido?
El proceso de revalidación y reconocimiento de los títulos de educación superior obtenidos en el extranjero deberá ser admitido en cualquier momento por la institución, luego de la implementación de los trámites previstos en la Resolución CNE 03, de 23/06/2016, y concluido en un plazo máximo de hasta 180 (ciento ochenta) días, contados desde la fecha de emisión del protocolo en la institución revalidante / reconocida responsable del proceso o registro electrónico equivalente.
6. ¿Qué instituciones brasileñas pueden revalidar y reconocer títulos extranjeros?
Las universidades públicas que ofrezcan títulos reconocidos en el mismo nivel y área o equivalente son competentes para tramitar y otorgar revalidaciones de títulos de grado. Asimismo, para el caso de reconocimiento de diploma de posgrado, las universidades brasileñas (públicas o privadas) acreditadas regularmente que cuentan con cursos de posgrado evaluados, autorizados y reconocidos por el Sistema Nacional de Posgrados (SNPG) en el misma área de conocimiento, a un nivel equivalente o superior.
7. ¿Qué documentación se requiere para solicitar la revalidación o reconocimiento del título?
De acuerdo con la Resolución CNE N ° 03, de 22 de junio de 2016, los candidatos interesados en revalidar títulos de grado deberán presentar, además de la información solicitada por la institución revalidante / reconocida, los siguientes documentos registrados por la institución extranjera responsable del diploma, de acuerdo con la legislación vigente en el país de origen, apostilla en el caso de que su origen sea de un país signatario del Convenio de La Haya (HCCH) o, en el caso de un país no signatario, autenticado por la autoridad consular competente:
I - Copia del diploma. II - copia del expediente escolar que contenga las disciplinas o actividades realizadas y utilizadas en relación con los resultados de las evaluaciones y asistencia, así como la clasificación y uso de pasantías y otras actividades de investigación y extensión; III - proyecto pedagógico u organización curricular del curso, indicando los contenidos o menús de las asignaturas y las actividades relacionadas con la investigación y extensión, así como el proceso de realización del curso, autenticado por la institución extranjera responsable del diploma; IV - nominación y título del profesorado responsable de impartir los cursos del curso realizado en el extranjero, autenticado por la institución extranjera responsable del diploma; V - información institucional, cuando esté disponible, sobre el acervo de la biblioteca y el laboratorio, planes y planificación de desarrollo institucional, informes de evaluación e desempeño interno y externo, políticas educativas, estrategias de docencia, extensión e investigación, autenticado por la institución extranjera responsable del diploma ; y VI - informes, artículos o documentos que indiquen la reputación, la calidad y los servicios prestados por el curso y por la institución, cuando estén disponibles ya discreción del postulante. § 1 El período de validez de la documentación académica a que se refiere este artículo debe ser el mismo que el adoptado por la ley brasileña. VII - En el caso de cursos o programas ofrecidos en consorcios u otros arreglos colaborativos entre diferentes instituciones, el solicitante deberá presentar copia de la documentación en la que se base la cooperación o consorcio, así como prueba de cualquier apoyo de agencias de desarrollo internacionales o nacionales para el proyecto de colaboración. . VIII - En el caso de doble titulación obtenida en el extranjero, el solicitante podrá solicitar el reconocimiento de los dos títulos presentando copia de la documentación que acredite la existencia del programa de doble titulación así como de un proyecto pedagógico u organización curricular que dio lugar a la doble titulación.
Para reconocer un título de posgrado , de acuerdo con la Resolución CNE / CES No. 03/2016, es necesario presentar los siguientes documentos:
I - registro que contiene datos personales y, en su caso, información sobre el vínculo institucional que mantiene en Brasil;
II - copia del diploma debidamente registrado por la institución responsable del diploma, de acuerdo con la legislación vigente en el país de origen y;
III - copia de la tesis o disertación con acta de aprobación por el tribunal examinador, con copia en archivo digital en formato compatible, acompañada de los siguientes documentos:
a) acta o documento oficial de la institución de origen, que contenga la fecha de la defensa, en su caso, el título de la obra, su aprobación y conceptos otorgados; y b) los nombres de los participantes del tribunal examinador, en su caso, y del supervisor, acompañados de los respectivos resúmenes curriculares; c) Si el programa de origen no prevé la defensa pública de la tesis, el estudiante deberá adjuntar un documento emitido y autenticado por la institución de origen, describiendo los procedimientos para evaluar la calidad de la tesis o disertación adoptada por la institución (incluida la evaluación ciega emitida por un árbitro externo) ).
IV - copia del expediente académico, describiendo las asignaturas o actividades cursadas, con los respectivos períodos y carga de trabajo total, indicando la frecuencia y el resultado de las evaluaciones en cada asignatura V - descripción resumida de las actividades de investigación realizadas, pasantías y copia impresa o en Dirección electrónica de los trabajos científicos resultantes de la disertación o tesis, publicados y / o presentados en congresos o reuniones académico-científicas, indicando la (s) autor (es), el nombre de la revista y la fecha de publicación y / o nombre y ubicación de la eventos científicos donde se presentaron los trabajos VI - resultados de la evaluación externa del curso o programa de posgrado de la institución, en su caso y haya sido realizada por instituciones públicas o debidamente acreditadas en el país de origen, y otra información existente sobre la reputación del programa que se indique en documentos, informes o informes. .
Los documentos a que se refieren los incisos II, III a, IV deben ser registrados por una institución extranjera responsable del diploma, de acuerdo con la legislación vigente en el país de origen, apostillada en el caso de que su origen sea de un país signatario del Convenio de La Haya ( Resolución CNJ No. 228, de 22 de junio de 2016) o autenticado por autoridad consular competente, en el caso de países no signatarios.
8. ¿Es necesario traducir la documentación?
De acuerdo con la Resolución CNE N ° 03, de 22 de junio de 2016, la universidad podrá solicitar la traducción de la documentación, excepto en los casos de lengua franca utilizada en un entorno académico: inglés, francés y español.
9. ¿Es necesario realizar exámenes / pruebas?
La aplicación de pruebas o exámenes puede ocurrir en dos contextos: para complementar el análisis, cuando existen dudas sobre la equivalencia real del curso o como reemplazo del proceso de análisis de documentación; y en el caso de refugiados extranjeros en Brasil que no estén en posesión de la documentación requerida para la revalidación, quienes podrán ser sometidos a prueba de conocimientos, contenidos y habilidades relacionados con el curso completo, como forma exclusiva de evaluación. Las pruebas y exámenes deben realizarse en portugués, organizados y aplicados por la institución responsable.
10. ¿Puedo solicitar la revalidación en más de una institución al mismo tiempo? No, el solicitante, al solicitar la revalidación o reconocimiento, deberá firmar un término exclusivo indicando que no está sometiendo el mismo título a un proceso de revalidación o reconocimiento a otra institución de manera concurrente.
11. Si se otorga la revalidación o el reconocimiento, ¿se emitirá un nuevo diploma? El diploma, cuando sea revalidado o reconocido, debe adoptar la nomenclatura original del título obtenido por (a) solicitante, y debe incluirse en el folleto correspondiente, cuando corresponda, en un título similar utilizado en Brasil correspondiente al título original.
12. ¿Cómo puedo monitorear el progreso del proceso? ¿Cómo puedo conocer el contenido de la opinión? Las instituciones educativas que se adhieran a la Plataforma Carolina Bori, desarrollada por el Ministerio de Educación para apoyar el proceso de revalidación y reconocimiento, podrán poner la información a disposición en línea, permitiendo el seguimiento de todo el proceso y el acceso a toda la información relevante. . Las demás instituciones podrán disponer en sus procedimientos y normas internas las medidas para la puesta a disposición de dicha información.
13. ¿Cómo debo proceder si la institución de donde proviene mi título no se encuentra en un país signatario de La Haya de 1961? Si su diploma proviene de una institución ubicada en un país que aún no es signatario del Convenio de Apostilla, debe seguir el procedimiento habitual. Sus documentos deben ser llevados a una representación consular de Brasil en ese país, que luego procederá a la autenticación consular.
14. ¿La apostilla de un título equivale al reconocimiento (o revalidación) del mismo? No. El apéndice de un documento se refiere a su autenticidad. Un documento elaborado por un organismo oficialmente reconocido a tal efecto, en un país signatario de la Convención, se considera autenticado, es decir, se confirma su veracidad. Sin embargo, esto no significa que sea reconocido (o revalidado), es decir, declarado equivalente a los otorgados en Brasil. Para lograr la condición de diploma reconocido (o revalidado), el diploma, y toda la documentación que lo acompaña, debe pasar por los trámites definidos en la Resolución n. ° 3, de 22 de junio de 2016 y detallada por la ordenanza del 13 de diciembre de 2016, de Ministério de Educación.
15. ¿Qué países son signatarios del Convenio sobre Apostilla? La lista completa y actualizada de países signatarios del Convenio de Apostilla está aquí .
16. ¿Pueden los diplomas médicos ser revalidados por la nueva normativa o los solicitantes deben ser sometidos a la prueba INEP Revalida? La revalidación de un título médico extranjero se puede realizar de dos formas: la primera a través del sistema Revalida / INEP y la segunda según lo dispuesto en la Ordenanza Normativa No. 22 de 13 de diciembre de 2016 del MEC. Las instituciones de educación superior habilitadas para realizar revalidaciones de títulos de grado médico podrán elegir el sistema que adoptarán.
17. ¿Se pueden revalidar o reconocer en Brasil los títulos de pregrado y posgrado stricto sensu obtenidos en línea en un curso de educación a distancia (EAD)?
La revalidación de los títulos de pregrado, de acuerdo con la Ordenanza Normativa No. 21, de 13 de octubre de 2011 / MEC, debe ser realizada por universidades federales debidamente acreditadas por el Ministerio de Educación, para la modalidad de educación a distancia; y que ofrezcan un título de educación a distancia equivalente al referido en el diploma en análisis. La ordenanza antes mencionada menciona sólo cursos de pregrado, sin embargo, el reconocimiento de títulos de posgrado extranjeros, bajo la ley brasileña, se realiza caso por caso, por una universidad brasileña que imparte un curso equivalente y es reconocida por CAPES. Destacamos que el objetivo inmediato del posgrado es favorecer la investigación científica y brindar al alumno la profundización de conocimientos que le permita alcanzar un alto estándar de competencia científica. Además de estos intereses inmediatos, el posgrado pretende ofrecer, dentro de la universidad, el entorno y los recursos necesarios para realizar una investigación científica gratuita en la que se pueda afirmar la creación en las más altas formas de cultura universitaria. Teniendo en cuenta estos objetivos, las instituciones de educación superior brasileñas, en general, aceptan reconocer sólo aquellos títulos de posgrado, cuando la propia universidad ofrece un curso similar y en la misma modalidad. Los únicos posgrados stricto sensu (maestría y doctorado) en la modalidad semipresencial autorizados para operar en Brasil son las maestrías profesionales en la red nacional. Vea la lista de estos cursos en la página: www.capes.gov.br/educacao-a-distancia. El posgrado tiene como objetivo ofrecer, dentro de la universidad, el entorno y los recursos necesarios para realizar una investigación científica gratuita en la que se pueda afirmar la creación en las más altas formas de cultura universitaria. Teniendo en cuenta estos objetivos, las instituciones de educación superior brasileñas, en general, aceptan reconocer sólo aquellos títulos de posgrado, cuando la propia universidad ofrece un curso similar y en la misma modalidad. Los únicos posgrados stricto sensu (maestría y doctorado) en la modalidad semipresencial autorizados para operar en Brasil son las maestrías profesionales en la red nacional. Vea la lista de estos cursos en la página: www.capes.gov.br/educacao-a-distancia. El posgrado tiene como objetivo ofrecer, dentro de la universidad, el entorno y los recursos necesarios para realizar una investigación científica gratuita en la que se pueda afirmar la creación en las más altas formas de cultura universitaria. Teniendo en cuenta estos objetivos, las instituciones de educación superior brasileñas, en general, aceptan reconocer sólo aquellos títulos de posgrado, cuando la propia universidad ofrece un curso similar y en la misma modalidad. Los únicos posgrados stricto sensu (maestría y doctorado) en la modalidad semipresencial autorizados para operar en Brasil son las maestrías profesionales en la red nacional. Vea la lista de estos cursos en la página: www.capes.gov.br/educacao-a-distancia. el entorno y los recursos necesarios para realizar una investigación científica gratuita en la que se pueda afirmar la creación en las más altas formas de cultura universitaria. Teniendo en cuenta estos objetivos, las instituciones de educación superior brasileñas, en general, aceptan reconocer sólo aquellos títulos de posgrado, cuando la propia universidad ofrece un curso similar y en la misma modalidad. Los únicos posgrados stricto sensu (maestría y doctorado) en la modalidad semipresencial autorizados para operar en Brasil son las maestrías profesionales en la red nacional. Vea la lista de estos cursos en la página: www.capes.gov.br/educacao-a-distancia. el entorno y los recursos necesarios para realizar una investigación científica gratuita en la que se pueda afirmar la creación en las más altas formas de cultura universitaria. Teniendo en cuenta estos objetivos, las instituciones de educación superior brasileñas, en general, aceptan reconocer sólo aquellos títulos de posgrado, cuando la propia universidad ofrece un curso similar y en la misma modalidad. Los únicos posgrados stricto sensu (maestría y doctorado) en la modalidad semipresencial autorizados para operar en Brasil son las maestrías profesionales en la red nacional. Vea la lista de estos cursos en la página: www.capes.gov.br/educacao-a-distancia. Las instituciones de educación superior brasileñas, en general, aceptan reconocer sólo aquellos títulos de posgrado, cuando la propia universidad ofrece un curso similar y en la misma modalidad. Los únicos posgrados stricto sensu (maestría y doctorado) en la modalidad semipresencial autorizados para operar en Brasil son las maestrías profesionales en la red nacional. Vea la lista de estos cursos en la página: www.capes.gov.br/educacao-a-distancia. Las instituciones de educación superior brasileñas, en general, aceptan reconocer sólo aquellos títulos de posgrado, cuando la propia universidad ofrece un curso similar y en la misma modalidad. Los únicos posgrados stricto sensu (maestría y doctorado) en la modalidad semipresencial autorizados para operar en Brasil son las maestrías profesionales en la red nacional. Vea la lista de estos cursos en la página: www.capes.gov.br/educacao-a-distancia.
18. ¿Se pueden reconocer en Brasil los posgrados stricto sensu obtenidos en Brasil por una institución extranjera, directamente o mediante convenio con instituciones nacionales?
Las siguientes resoluciones de la CNE prevén cursos de posgrado stricto sensu ofrecidos en Brasil por instituciones extranjeras, directamente o mediante convenio con instituciones nacionales: • Resolución CNE / CES No. 2, 3 de abril de 2001 • Resolución CNE / CES No. 2, de 9 de junio de 2005 • Resolución CNE / CES nº 12, de 18 de julio de 2006 • Resolución CNE / CES nº 5, de 4 de septiembre de 2007 De donde se concluye que los diplomas obtenidos en este tipo de instituciones ya no serán sujeto a reconocimiento en Brasil.
19. ¿Qué cursos o universidades extranjeras cuyos títulos son reconocidos automáticamente en Brasil?
Para ser válidos en Brasil, todos los diplomas de pregrado y posgrado stricto sensu (maestría y doctorado) obtenidos en el extranjero deben ser revalidados o reconocidos por una institución de educación superior brasileña regularmente acreditada que tenga un curso en la misma área de conocimiento. . Por tanto, ningún diploma universitario extranjero se reconoce automáticamente en Brasil.
20. ¿Cuándo estará disponible la lista específica, producida por MEC, para cursos o programas extranjeros que puedan ser analizados mediante Procesamiento Simplificado?
El listado específico mencionado en los artículos 22 y 36 de la Ordenanza Normativa No. 22/2016 del MEC se elaborará desde el inicio del uso de la Plataforma Carolina Bori. Como instituciones de educación superior, adheridas o no a la Plataforma, revalidan / reconozcan diplomas extranjeros, estos diplomas se contabilizarán en la lista.
21. ¿Cuándo estará disponible la lista de cursos o programas que recibieron a los estudiantes con una beca otorgada por una agencia gubernamental dentro de seis años?
Esta lista, así como la lista de cursos o programas extranjeros que se pueden analizar mediante Tramitación Simplificada, también se elaborará desde el inicio del uso de la Plataforma Carolina Bori.
22. Estoy haciendo un curso en el extranjero. ¿Cómo puedo saber si será revalidado / reconocido en Brasil?
No existe una lista de cursos o universidades extranjeras cuyos títulos pueden o no ser revalidados / reconocidos en Brasil. Las instituciones de educación superior revalidantes / reconocidas tienen autonomía para reconocer o denegar el reconocimiento de un diploma, con base en
propias evaluaciones.
23. ¿Cómo puedo saber si mi curso extranjero está reconocido por MEC?
No es responsabilidad del MEC reconocer cursos o universidades extranjeras. Solo reconoce cursos y universidades brasileños. Las instituciones extranjeras de educación superior e investigación deben estar legalmente reconocidas y constituidas a tal efecto en sus países de origen.
24. ¿Cuáles son las tasas que cobran las instituciones para revalidar / reconocer mi diploma?
Cada institución establece su propia tarifa y forma de pago. Estos datos se informan en las normas específicas de cada institución, en la Plataforma Carolina Bori, o en sus sitios web.
25. Obtuve mi diploma a través del programa Ciencia sin Fronteras. ¿Será revalidado / reconocido mediante el procedimiento simplificado?
Sí, todos los diplomas obtenidos con una beca de una agencia gubernamental, incluso del programa CAPES Ciencia sin Fronteras, se simplificarán.
26. Obtuve mi diploma con una beca de PROUNI internacional. ¿Se puede revalidar siguiendo el procedimiento simplificado?
Sí, de acuerdo con la Ordenanza Normativa No. 22/2016 del MEC, Art. 22, Ítem IV, los diplomas obtenidos a través del Módulo Internacional en el ámbito del Programa Universidad para Todos - PROUNI obtendrán el trámite simplificado.
27. La universidad para la que quiero solicitar la revalidación / reconocimiento de mi diploma no está en la lista de universidades participantes, ¿no hace revalidación / reconocimiento? ¿Significa esto que no tiene que seguir lo dispuesto en la Ordenanza Normativa No. 22 del 13 de diciembre de 2017 del MEC?
El hecho de que la universidad no esté en la lista de universidades que se han adherido a la Plataforma Carolina Bori no significa que no revalida / reconozca diplomas. Esto solo significa que no acepta solicitudes a través de la Plataforma Carolina Bori, sino a través de sus propios medios. Todas las Universidades Revalidantes y / o Reconocidas, independientemente de que se hayan adherido a la Plataforma Carolina Bori, deberán seguir lo dispuesto en la Ordenanza Normativa No. 22 del 13 de diciembre de 2017 del MEC. E incluso las instituciones que no se adhieran a la plataforma deben informar al MEC, a más tardar el último día de cada mes, a través de la propia plataforma, los resultados de los procesos de revalidación / reconocimiento completados que están bajo su responsabilidad.
28. La universidad a la que quiero enviar mi solicitud de revalidación / reconocimiento ya tiene todas las vacantes cubiertas en la Plataforma Carolina Bori. ¿Hay lista de espera?
Actualmente no hay lista de espera, se implementará en una futura versión de la Plataforma Carolina Bori.
29. No hay vacantes disponibles para reconocimiento / revalidación de mi curso en la Plataforma Carolina Bori, ¿qué debo hacer
En este caso, el solicitante debe buscar directamente una institución calificada, que aún no se haya unido a la Plataforma y verificar si hay una vacante disponible.
30. Hice una maestría o un doctorado en el extranjero que no prevé la redacción de una disertación / tesis. ¿Puede ser reconocido?
La educación de posgrado es un sistema de cursos diseñado para promover la investigación científica y la formación avanzada. Su objetivo inmediato es dotar al alumno de un conocimiento más profundo que le permita alcanzar un alto nivel de competencia científica o técnico-profesional. Además de estos intereses prácticos inmediatos, el posgrado pretende ofrecer, dentro de la universidad, el entorno y los recursos necesarios para realizar una investigación científica gratuita en la que se pueda afirmar la creación en las más altas formas de cultura universitaria. El trabajo de conclusión final del máster científico es una disertación, que es el texto referente a la comunicación de los resultados de la investigación científica. Debe señalar claramente el problema y los objetivos de la investigación, además de destacar el marco teórico que guía el proceso de análisis, así como los procedimientos metodológicos utilizados. El trabajo de conclusión final de la maestría profesional puede presentarse en diferentes formatos, como disertación, revisión sistemática y profunda de la literatura, artículo, patente, registros de propiedad intelectual, proyectos técnicos, publicaciones tecnológicas; desarrollo de aplicaciones, materiales y productos didácticos e instructivos, procesos y técnicas; producción de programas de medios, publicación, composiciones, conciertos, informes finales de investigación, software, casos de estudio, informe técnico con normas de confidencialidad, manual de operación técnica, protocolo experimental o aplicación en servicios, propuesta de intervención en procedimientos clínicos o servicio relevante, diseño de aplicaciones o adecuación tecnológica, prototipos para el desarrollo o producción de instrumentos, equipos y kits, proyectos de innovación tecnológica, producción artística, sin perjuicio de otros formatos, según la naturaleza del área y la finalidad del curso. La tesis es un trabajo académico stricto sensu que implica un aporte al conocimiento sin precedentes y tiene como objetivo la obtención del grado académico de doctor (Barros y Lehfeld, 2007). El doctorando debe defender una idea, un método, un descubrimiento, una conclusión obtenida de una exhaustiva investigación y trabajo científico. Se concluye que, para que un posgrado stricto sensu obtenido en el exterior sea reconocido en Brasil, es indispensable contar con un trabajo final de curso. prototipos para el desarrollo o producción de instrumentos, equipos y kits, proyectos de innovación tecnológica, producción artística, sin perjuicio de otros formatos, de acuerdo a la naturaleza del área y finalidad del curso. La tesis es un trabajo académico stricto sensu que implica un aporte al conocimiento sin precedentes y tiene como objetivo la obtención del grado académico de doctor (Barros y Lehfeld, 2007). El doctorando debe defender una idea, un método, un descubrimiento, una conclusión obtenida de una exhaustiva investigación y trabajo científico. Se concluye que, para que un posgrado stricto sensu obtenido en el exterior sea reconocido en Brasil, es indispensable contar con un trabajo final de curso. prototipos para el desarrollo o producción de instrumentos, equipos y kits, proyectos de innovación tecnológica, producción artística, sin perjuicio de otros formatos, de acuerdo a la naturaleza del área y finalidad del curso. La tesis es un trabajo académico stricto sensu que implica un aporte al conocimiento sin precedentes y tiene como objetivo la obtención del grado académico de doctor (Barros y Lehfeld, 2007). El doctorando debe defender una idea, un método, un descubrimiento, una conclusión obtenida de una exhaustiva investigación y trabajo científico. Se concluye que, para que un posgrado stricto sensu obtenido en el exterior sea reconocido en Brasil, es indispensable contar con un trabajo final de curso. producción artística, sin perjuicio de otros formatos, según la naturaleza del área y la finalidad del curso. La tesis es un trabajo académico stricto sensu que implica un aporte al conocimiento sin precedentes y tiene como objetivo la obtención del grado académico de doctor (Barros y Lehfeld, 2007). El doctorando debe defender una idea, un método, un descubrimiento, una conclusión obtenida de una exhaustiva investigación y trabajo científico. Se concluye que, para que un posgrado stricto sensu obtenido en el exterior sea reconocido en Brasil, es indispensable contar con un trabajo final de curso. producción artística, sin perjuicio de otros formatos, según la naturaleza del área y la finalidad del curso. La tesis es un trabajo académico stricto sensu que implica un aporte al conocimiento sin precedentes y tiene como objetivo la obtención del grado académico de doctor (Barros y Lehfeld, 2007). El doctorando debe defender una idea, un método, un descubrimiento, una conclusión obtenida de una exhaustiva investigación y trabajo científico. Se concluye que, para que un posgrado stricto sensu obtenido en el exterior sea reconocido en Brasil, es indispensable contar con un trabajo final de curso. La tesis es un trabajo académico stricto sensu que implica un aporte al conocimiento sin precedentes y tiene como objetivo la obtención del grado académico de doctor (Barros y Lehfeld, 2007). El doctorando debe defender una idea, un método, un descubrimiento, una conclusión obtenida de una exhaustiva investigación y trabajo científico. Se concluye que, para que un posgrado stricto sensu obtenido en el exterior sea reconocido en Brasil, es indispensable contar con un trabajo final de curso. La tesis es un trabajo académico stricto sensu que implica un aporte al conocimiento sin precedentes y tiene como objetivo la obtención del grado académico de doctor (Barros y Lehfeld, 2007). El doctorando debe defender una idea, un método, un descubrimiento, una conclusión obtenida de una exhaustiva investigación y trabajo científico. Se concluye que, para que un posgrado stricto sensu obtenido en el exterior sea reconocido en Brasil, es indispensable contar con un trabajo final de curso.
31. Hice una maestría que duró solo 1 año. ¿Puede ser reconocido? ¿Existe una carga de trabajo mínima?
Como se explicó anteriormente, el máster es un curso que tiene como objetivo proporcionar al estudiante un conocimiento más profundo que le permita alcanzar un alto nivel de competencia científica o técnico-profesional. Para que el diploma de un curso extranjero sea reconocido por una universidad brasileña, debe presentar los mismos estándares de calidad y resultado requeridos para una maestría brasileña, reconocida por CAPES. Es poco probable que un título de maestría que dure solo 1 año sea reconocido por una institución de educación superior brasileña.
32. ¿Es necesario revalidar el título de grado extranjero para ser aceptado como estudiante en programas de posgrado (lato-sensu o stricto sensu) en Brasil?
El requisito de revalidar un título de grado extranjero con fines académicos no está previsto en nuestra legislación. Como la legislación pertinente no se refiere a la necesidad de que estos diplomas, cuando sean extranjeros, sean revalidados, el entendimiento habitual adoptado por la mayoría de las instituciones de educación superior en Brasil es aceptar el diploma extranjero con fines estrictamente académicos, para la continuidad de la carrera. formación, sin imponer el requisito de revalidación. El Consejo Nacional de Educación valida este entendimiento y ya se ha manifestado al respecto en algunas ocasiones. En el Dictamen CNE / CES No. 732/2016, la Sala de Educación Superior corrobora la posición adoptada previamente al respecto, como en el extracto a continuación: “En el Dictamen CNE / CES No. 412/2011, el informante, Blindado en una manifestación de la Asesoría Jurídica del MEC, sostuvo que, con una finalidad puramente académica, el requisito de revalidación es imprescindible, ya que no implican el goce de prerrogativas derivadas del título de grado, salvo la continuación de estudios, en cuyo caso es suficiente que la institución, en el ejercicio de su propia autonomía, promueva la verificación del mérito académico del interesado ”. Así, el eventual requisito de revalidación no se debe a un plazo de prescripción, sino a una regla creada en el ámbito de la autonomía de la institución. en cuyo caso es suficiente que la institución, en ejercicio de su propia autonomía, promueva la constatación del mérito académico del interesado ”. Así, el eventual requisito de revalidación no se debe a un plazo de prescripción, sino a una regla creada en el ámbito de la autonomía de la institución. en cuyo caso es suficiente que la institución, en ejercicio de su propia autonomía, promueva la constatación del mérito académico del interesado ”. Así, el eventual requisito de revalidación no se debe a un plazo de prescripción, sino a una regla creada en el ámbito de la autonomía de la institución.
33. ¿Tengo ya un proceso de Revalidación y Reconocimiento en curso, antes de las nuevas regulaciones? ¿Puedo suspenderlo y reiniciarlo usando las nuevas reglas?
Sí, si está interesado, puede suspender un proceso en curso y reiniciarlo bajo las nuevas reglas. Sin embargo, el reembolso de los costos incurridos en el proceso cerrado depende de las negociaciones con la Universidad y no está regulado por el MEC.
34. Mi curso de pregrado en el extranjero no proporciona una nominación o proyecto educativo, ¿cómo debo proceder?
El nombre del curso es la lista de profesores que imparten el curso, seguido de la formación académica de estos profesores. Esta información se puede obtener de las instituciones y, a menudo, está disponible en el sitio web del curso. El proyecto pedagógico es el documento que describe los objetivos formativos, las competencias y habilidades que, con suerte, se desarrollarán con los alumnos que completen las actividades del curso, acompañado de una descripción de la estructura curricular, estrategias de enseñanza y evaluación adoptada por el curso. Esta descripción se puede obtener de la gestión del programa. Incluso en el caso de estudios de posgrado desarrollados junto a una cátedra o laboratorio (sin una estructura de programa definida), es necesario obtener una descripción de las actividades realizadas por el candidato al título, especificando su contribución a la formación académica del candidato. Este documento puede ser redactado por el supervisor responsable. Es importante señalar que esta información es fundamental para la evaluación de la formación obtenida por el candidato en el extranjero. Sin ella, no es factible avanzar en el proceso de reconocimiento de títulos de posgrado.
Institucion de Revalidacion
1. ¿Qué instituciones brasileñas pueden revalidar y reconocer títulos extranjeros?
Las universidades públicas que ofrezcan títulos reconocidos en el mismo nivel y área o equivalente son competentes para tramitar y otorgar revalidaciones de títulos de grado. Y, para el caso de reconocimiento de posgrados, universidades brasileñas (públicas o privadas) acreditadas regularmente que cuentan con posgrados evaluados, autorizados y reconocidos por el Sistema Nacional de Graduados (SNPG) en misma área de conocimiento.
2. ¿Es obligatorio el uso de la Plataforma Carolina Bori para la tramitación del proceso?
No, la Plataforma se convertirá en una herramienta que facilitará en gran medida el control y flujo de los procesos de revalidación / reconocimiento, al tiempo que ofrecerá un mayor grado de interactividad entre los stakeholders. El uso será por adhesión y ocurrirá con la firma de un término de adhesión.
3. ¿Existe alguna métrica, porcentaje de similitud o parámetro cuantitativo de análisis para la concesión del diploma?
No, según la Resolución CNE N ° 03/16, los procesos de revalidación y reconocimiento deben basarse en un análisis de los méritos y condiciones académicas del programa al que asiste el interesado, tomando en cuenta las diferencias existentes entre los formas de operar sistemas educativos, instituciones y cursos en diferentes países. El proceso de evaluación también debe considerar cursos extranjeros con características curriculares o de organización académica diferentes a los de cursos de la misma área existentes en la institución revalidante / reconocida responsable del análisis. La evaluación debe basarse en la información presentada por el solicitante en el proceso, especialmente en lo que respecta a la organización curricular, el perfil del profesorado, las formas de progresión,
La revalidación de los títulos de pregrado considerará la similitud entre el curso original y los requisitos mínimos de formación establecidos en los perfiles profesionales reconocidos por la legislación brasileña. Además de estos requisitos mínimos, la revalidación solo observará la equivalencia global de competencias y habilidades entre el curso original y las ofrecidas por la institución revalidante en la misma área de conocimiento. La revalidación debe expresar el entendimiento de que la formación que el solicitante recibió en la institución de origen tiene el mismo valor formativo que la habitualmente asociada a la carrera o profesión para la que se requiere la revalidación del diploma, siendo innecesario comparar currículos y cargas de trabajo. El reconocimiento de los títulos de posgrado El sentido estricto (maestría y doctorado) expresa el entendimiento de que la formación que el solicitante recibió en la institución de origen es de igual valor a la habitualmente asociada al nivel equivalente de formación (maestría y doctorado), considerando las especificidades de cada área de conocimiento. Por tanto, no es necesario comparar planes de estudio y cargas de trabajo. El Ministerio de Educación entiende que esta equivalencia no necesita traducirse en una estricta similitud de planes de estudio, procesos de evaluación o una correspondencia de carga de trabajo entre el curso original y los ofrecidos por la institución reconocida en la misma área de conocimiento.
4. ¿La institución responsable del análisis debe facilitar los temas complementarios del comité de evaluación?
Sí, la universidad responsable debe elegir sus propios cursos que deben cursar en forma de matrícula regular en las asignaturas del curso para ser revalidadas o reconocidas. La autoridad apostólica brasileña es el Consejo Nacional de Justicia, que inicialmente utilizará la red notarial de las capitales de estado para la emisión de folletos, haciendo innecesaria la intermediación de consulados y cancillerías de los países signatarios de la Convención en la autenticación de documentos. Asimismo, cada uno de los países signatarios de este Convenio define internamente el organismo responsable de la autentificación de los documentos emitidos en su territorio, estando obligado el resto de países signatarios a reconocer como válida la autentificación emitida por el país de origen. Así, un documento elaborado por una institución de educación superior en uno de los países signatarios del Convenio de Apostilla debe tener su proceso de autenticación realizado en el país de origen, por la institución designada para tal efecto. Las instituciones revalidantes brasileñas están obligadas, por fuerza de ley, a aceptar esta prueba de autenticidad, quedando prohibido el requisito de autenticación consular para estos documentos.
5. ¿Qué es el Convenio de Apostilla?
En diciembre de 2015, Brasil depositó el instrumento de adhesión a la Convención de La Haya de 1961 sobre la Eliminación del Requisito de Legalizar Documentos Públicos Extranjeros (“Convención de Apostilla”), y el 29 de enero de 2016, la El texto de la Convención fue internalizado en Brasil por el Decreto No. 8.660 / 2016 y regulado por la Resolución CNJ 228, del 22 de junio de 2016. En los términos de la Convención, la norma entrará en vigencia en Brasil a partir del 14 de agosto próximo. La autoridad apostólica brasileña es el Consejo Nacional de Justicia, que inicialmente utilizará la red notarial de las capitales de estado para la emisión de folletos, haciendo innecesaria la intermediación de consulados y cancillerías de los países signatarios de la Convención en la autenticación de documentos. Asimismo, cada uno de los países signatarios de este Convenio define internamente el organismo responsable de la autentificación de los documentos emitidos en su territorio, estando obligado el resto de países signatarios a reconocer como válida la autentificación emitida por el país de origen. Así, un documento elaborado por una institución de educación superior en uno de los países signatarios del Convenio de Apostilla debe tener su proceso de autenticación realizado en el país de origen, por la institución designada para tal efecto. Las instituciones revalidantes brasileñas están obligadas, por fuerza de ley, a aceptar esta prueba de autenticidad, quedando prohibido el requisito de autenticación consular para estos documentos.
6. ¿Qué países son signatarios del Convenio sobre Apostilla?
La lista completa y actualizada de países signatarios del Convenio de Apostilla está aquí .
7. Además de los documentos enumerados en la ordenanza del 13 de diciembre de 2016, ¿la institución revalidante / reconocida puede solicitar otros documentos?
Sí. La institución revalidante / reconocida puede solicitar otros documentos además de los enumerados en la Ordenanza. Sin embargo, estos requisitos deben hacerse públicos y estar disponibles en el sitio web de la Universidad. Además, en casos específicos, la Comisión designada para la evaluación de fondo del caso podrá solicitar documentos adicionales. Sin embargo, esta solicitud debe realizarse dentro del primer mes, contado desde la instalación de la comisión. En este caso, el solicitante dispondrá de un plazo de hasta 2 meses (sesenta días) para aportar los nuevos documentos solicitados.
Además de la documentación presentada por el postulante, el Comité Evaluador está autorizado a buscar otra información que estime relevante para evaluar la calidad de la formación recibida por el postulante, incluyendo colegas consultores, otras instituciones que ya hayan evaluado diplomas emitidos por el mismo curso o programa, etc. El Portal Carolina Bori también proporciona un conjunto de sitios internacionales que pueden ayudar a la Comisión en su tarea de evaluar la calidad de la formación obtenida por el solicitante en el extranjero.
8. ¿Se pueden reconocer en Brasil Maestrías y Doctorados que no prevean la defensa pública de la tesis o disertación?
Al principio sí. Según lo establecido por la Resolución 2/2016 de la CNE, el proceso de evaluación también debe considerar cursos extranjeros con características curriculares o de organización académica diferentes a los cursos de la misma área existentes en la institución pública reconocida. El reconocimiento expresa el entendimiento de que la formación que recibió el aspirante en la institución de origen es de igual valor a la habitualmente asociada al nivel educativo equivalente (Maestría y Doctorado), considerando las especificidades de cada área de conocimiento. Por lo tanto, es importante enfatizar que las diferencias en el diseño del programa, en el plan de estudios, la carga de trabajo o incluso las formas de evaluación no son razones suficientes para rechazar el reconocimiento. La evaluación de la formación del solicitante debe considerar la totalidad de la experiencia formativa. Sin embargo, en los casos en que no se haya realizado la defensa pública, la Comisión debe prestar especial atención a los procedimientos de evaluación de la calidad del trabajo final adoptados por el programa, valorando especialmente la adopción de evaluaciones emitidas por revisores externos, en particular los casos de evaluación ciega. También es importante considerar la reputación académica de la institución, el profesorado y, especialmente, el asesor o tutor.
9. Cuando una universidad reconoce un título de maestría o doctorado, ¿significa que está equiparando ese título con los que emite?
No. Según lo establecido por la Resolución 3/2016 de la Cámara de Educación Superior del Consejo Nacional de Educación (CNE), así como la Ordenanza Normativa del 13 de diciembre de 2016, del Ministerio de Educación, el diploma, cuando sea revalidado / reconocido, deberá adoptar la nomenclatura original del título obtenido por (a) el solicitante, que debe incluirse en un folleto apropiado, cuando corresponda, en un título similar utilizado en Brasil correspondiente al título original revalidado / reconocido. Así, la revalidación o reconocimiento de un título no implica un nuevo diploma, ni equipara la formación obtenida en el extranjero a la formación ofrecida por la institución revalidante / reconocida.
10. ¿Es posible reconocer un título de maestría o doctorado que no sea similar a los que ofrece mi institución?
Sí. Para poder reconocer un título de maestría o doctorado, la universidad debe tener un programa de igual o mayor nivel en la misma área de conocimiento. Pero eso no significa que deba tener un programa similar. El reconocimiento expresa el entendimiento de que la formación que el solicitante recibió en la institución de origen es de igual valor a la habitualmente asociada al nivel educativo equivalente (Maestría y Doctorado). Más importante que asegurar la similitud del plan de estudios, la carga de trabajo o la forma de evaluación, es asegurar que la formación que ha recibido el solicitante sea equivalente a la que se supone que es necesaria para el mismo nivel de formación en Brasil. Cabe mencionar que la formación de estudios estrictamente de posgrado en Brasil elige como foco el desarrollo de habilidades de investigación. Por lo tanto, este debe ser el foco de la evaluación cualitativa que realice el Comité de Evaluación designado por la Universidad para tal fin. Si la Universidad siente la necesidad, podrá formar el Comité de Evaluación con la participación de especialistas ajenos a su plantilla de profesores e investigadores.
Legislación
El marco legal que regula el proceso de revalidación y reconocimiento de títulos está compuesto por una serie de leyes, resoluciones y ordenanzas publicadas por el Ministerio de Educación y el Consejo Nacional de Educación. Cada uno de ellos se puede consultar en su totalidad en los enlaces a continuación:
Ley 9.394 / 96 Establece los lineamientos y bases de la educación nacional - LDB.
http://portal.mec.gov.br/index.php?option=com_docman&view=download&alias=44661-rces003-16-pdf&category_slug=junho-2016-pdf&Itemid=30192 Establece normas relativas a la revalidación de títulos en carreras de grado y al reconocimiento de títulos de posgrado stricto sensu (maestría y doctorado), expedidos por instituciones de educación superior extranjeras.
Ordenanza MEC del 13 de diciembre de 2016 Establece los trámites relacionados con la revalidación de títulos de pregrado y el reconocimiento de títulos de posgrado stricto sensu (maestría y doctorado), expedidos por instituciones de educación superior extranjeras.
Opinión CNE / CES nº 142/2001, aprobada el 31 de enero de 2001 Aprecia la Indicación CES 03/2000, que propuso la constitución de una Comisión para analizar la cuestión de la validez de los títulos emitidos por instituciones brasileñas asociadas a instituciones extranjeras, o emitidas directamente por instituciones extranjeras.
Resolución CNE / CES 1/2001, de 3 de abril de 2001 Establece reglas para el funcionamiento de los cursos de posgrado.
Resolución CNE / CES N ° 2, de 3 de abril de 2001 Establece los posgrados stricto sensu ofrecidos en Brasil por instituciones extranjeras, directamente o por convenio con instituciones nacionales.
Opinión CNE / CES No. 1.299 / 2001, aprobada el 6 de noviembre de 2001 Propone la aprobación de una Resolución que prevé la revalidación de los cursos de pregrado emitidos por instituciones de educación superior extranjeras.
Resolución CNE / CES 1/2002, de 28 de enero de 2002 Establece reglas para la revalidación de títulos de grado expedidos por instituciones de educación superior extranjeras.
Opinión CNE / CES No. 122/2005, aprobada el 7 de abril de 2005 Propuesta de enmienda a la Resolución CES / CNE No. 2, de 3 de abril de 2001, que prevé cursos de posgrado stricto sensu ofrecidos en Brasil por instituciones empresas extranjeras, directamente o mediante convenio con instituciones nacionales.
Resolución CNE / CES nº 2/2005, de 9 de junio de 2005 Modifica la Resolución CNE / CES nº 2, de 3 de abril de 2001, que establece los posgrados stricto sensu ofrecidos en Brasil por instituciones extranjeras, directamente o mediante convenio con instituciones nacionales.
Dictamen CNE / CES nº 160/2006, aprobado el 8 de junio de 2006 Aprecia Indicación CNE / CES nº 1/2006, de 6 de junio de 2006, que propone la modificación del art. 3 de la Resolución CNE / CES No. 2/2005, que establece los posgrados stricto sensu ofrecidos en Brasil por instituciones extranjeras, directamente o por convenio con instituciones nacionales.
Resolución CNE / CES No. 12, de 18 de julio de 2006 Modifica el plazo previsto en el art. 3 de la Resolución CNE / CES No. 2, de 9 de junio de 2005, que establece los posgrados stricto sensu ofrecidos en Brasil por instituciones extranjeras, directamente o por convenio con instituciones nacionales.
Opinión CNE / CES 260/2006, aprobada el 9 de noviembre de 2006 Modificación del art. 4 de la Resolución CNE / CES nº 1/2002, que establece las reglas para la revalidación de los títulos de grado expedidos por instituciones de educación superior extranjeras.
Opinión CNE / CES No. 138/2007, aprobada el 14 de junio de 2007 Modificación del art. 3 de la Resolución CNE / CES No. 2/2005, que establece los posgrados stricto sensu ofrecidos en Brasil por instituciones extranjeras, directamente o por convenio con instituciones nacionales.
Resolución CNE / CES nº 5, de 4 de septiembre de 2007 Modifica el plazo previsto en el art. 3 de la Resolución CNE / CES No. 2, de 9 de junio de 2005, que establece los posgrados stricto sensu ofrecidos en Brasil por instituciones extranjeras, directamente o por convenio con instituciones nacionales.
Opinión CNE / CES nº 146/2007, aprobada el 5 de julio de 2007 Revisión del Opinión CNE / CES nº 260/2006, que trataba de la modificación del art. 4 de la Resolución CNE / CES nº 1/2002.
Resolución CNE / CES No. 8, de 4 de octubre de 2007 Modifica el art. 4º y deroga el art. 10 de la Resolución CNE / CES nº 1/2002, que establece las reglas para la revalidación de los títulos de grado expedidos por instituciones de educación superior extranjeras.
Opinión CNE / CES No. 218/2008, aprobada el 5 de noviembre de 2008 Aprecia la Indicación CNE / CES 6/2008, que trata sobre el reconocimiento de títulos de posgrado, maestría y doctorado stricto sensu obtenidos en los Estados Parte del MERCOSUR.
Opinión CNE / CES nº 247/2009, aprobada el 7 de agosto de 2009 Propuesta de modificación a la Resolución CNE / CES nº 1, de 3 de abril de 2001, que establece las normas para el funcionamiento de los posgrados, y Resolución CNE / CES nº 8, de 4 de octubre de 2007, que establece las normas para la revalidación de títulos de grado expedidos por instituciones de educación superior extranjeras.
Resolución CNE / CES No. 6, de 25 de septiembre de 2009 Modifica el § 3 del art. 4 de la Resolución N ° 1 de la CNE / CES, de 3 de abril de 2001, que establece las reglas para el funcionamiento de los posgrados.
Resolución CNE / CES No. 7, de 25 de septiembre de 2009 Modifica el § 2 del art. 8 de la Resolución CNE / CES 8, de 4 de octubre de 2007, que establece las reglas para la revalidación de los títulos de grado expedidos por instituciones de educación superior extranjeras.
Opinión CNE / CES 118/2010 aprobada el 7 de mayo de 2010 Revisión de la Opinión CNE / CES 218/2008, que valora la Indicación CNE / CES 6/2008, que trata del reconocimiento de títulos de posgrado stricto sensu , maestría y doctorado, obtenidos en los Estados Partes del MERCOSUR.
Resolución CNE / CES No. 3, de 1 de febrero de 2011, que prevé el reconocimiento de títulos de grado, maestría y doctorado stricto sensu obtenidos en los Estados Parte del MERCOSUR Opinión CNE / CES No. 56/2015, aprobada el 11 Febrero de 2015
Opinión CNE / CES N ° 56/2015, aprobada el 11 de febrero de 2015 Normas relativas a la revalidación de títulos de pregrado y al reconocimiento de títulos de posgrado stricto sensu (maestrías y doctorados), expedidos por instituciones de educación superior extranjeras .
Opinión CNE / CES N ° 309/2015, aprobada el 6 de agosto de 2015 Revisión de la Opinión CNE / CES N ° 56/2015, que trata sobre las normas relativas a la revalidación de títulos de grado y el reconocimiento de títulos estrictos de posgrado sensu (maestría y doctorado), enviado por instituciones de educación superior extranjeras.
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